Normas Internacionales – GAFILAT

GAFILAT212x271
El organismo internacional

El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur, Centroamérica y América de Norte para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.

Se creó formalmente el 8 de diciembre de 2000 en Cartagena de Indias, Colombia, mediante la firma del Memorando de Entendimiento constitutivo del grupo por los representantes de los gobiernos de nueve países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay. Posteriormente se incorporaron como miembros plenos México (2006), Costa Rica, Panamá (2010), Cuba (2012), Guatemala, Honduras y Nicaragua (2013).

El grupo goza de personalidad jurídica y estatus diplomático en la República Argentina donde tiene la sede su Secretaría.

Recomendaciones GAFI

El 16 de febrero de 2012, el Grupo de Acción Financiera (GAFI/FATF), al que pertenecen las 34 mayores economías del mundo, aprobó 40 Recomendaciones para combatir el lavado de activos (LA) y el financiamiento del terrorismo (FT). Estos estándares reemplazaron a las anteriores 40 Recomendaciones contra el LA, emitidas en 1990, y a las 9 Recomendaciones Especiales contra el FT, difundidas en 2001, tras el ataque a las Torres Gemelas.

Las 40 nuevas Recomendaciones fueron revisadas durante dos años antes de su promulgación y en la actualidad son utilizadas por más de 180 jurisdicciones para combatir dichos delitos. El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es el organismo regional homólogo de GAFI, cuyos 16 países miembros  adoptaron los nuevos estándares.

Los principales cambios contemplan:

  • La integración de los estándares anti LA/FT en solo 40 recomendaciones (en lugar de los 40+9 anteriores).
  • La incorporación del combate al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, a través de la aplicación de las sanciones financieras del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
  • Mayor transparencia para dificultar a los criminales y terroristas el ocultamiento de sus identidades o bienes a través de personas jurídicas o acuerdos.
  • Requisitos más estrictos para el tratamiento de las Personas Expuestas Políticamente (PEP).
  • Inclusión de los delitos fiscales como delitos de lavado de activos.
  • Profundización del enfoque basado en el riesgo, orientado a que los países y el sector privado usen en forma más eficiente sus recursos, centrándose en áreas de mayor vulnerabilidad.
  • Recomendaciones de mayor cooperación internacional eficaz, incluyendo el intercambio de información entre las autoridades competentes, el desarrollo de investigaciones conjuntas, y la localización, congelamiento y confiscación de bienes ilícitos.

Los países se someten periódicamente a Evaluaciones Mutuas, destinadas a verificar el grado de avance en la implementación y cumplimiento de los estándares internacionales anti LA/FT. De allí la relevancia de su adopción.

ico_PDF Las_Nuevas_40_Recomendaciones

 

Los comentarios están cerrados.