Guía para Orientación a los Funcionarios de Cumplimiento de los Sujetos Obligados para la Determinación de Operaciones Sospechosas Sujetas a Reporte y los Elementos que debe Contener un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) para ser presentado en la UIF
En cumplimiento a los Artículo 29 y 30 de la Ley Especial contra el Lavado de Activos (Decreto No.144-2014) y en atención al capítulo VIII del Reglamento del Régimen de Obligaciones, Medidas de Control y Deberes de las Instituciones Supervisadas en Relación a la Ley Especial contra el Lavado de Activos, a continuación se presenta Guía para Orientación a los Funcionarios de Cumplimiento de los Sujetos Obligados para la Determinación de Operaciones Sospechosas Sujetas a Reporte y los Elementos que debe Contener un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) para ser presentado en la UIF; con el objetivo que sea utilizado como insumo que oriente a los Funcionarios de Cumplimiento en los procedimientos de identificación, análisis, detección y documentación de actividades, operaciones y transacciones inusuales en el flujo definido para la determinación de esta como operaciones sospechosas sujetas a reporte. Además, de orientar a los Sujetos Obligados, en la documentación soporte para la presentación de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) cumpliendo así con los objetivos de la Ley Especial Contra el Lavado de Activos y su reglamento.